A continuación, te contamos los tips de cómo recuperar el IVA de una propiedad.
Como inversionista puedes recuperar hasta el 16% del valor total de tu propiedad de inversión.
A modo de ejemplo:
En una propiedad de 3.000 UF, podrías llegar a recuperar para tu bolsillo, en promedio cerca de 17 millones, realizando los procedimientos adecuados.
¿QUÉ ES LA RECUPERACIÓN DE I.V.A?
- La recuperación del IVA de una propiedad, es un procedimiento 100% legal que te permitirá recibir hasta el 16% del valor total de la Inversión
- Se solicita ante el S.I.I. mediante la solicitud mediante formulario N° 3280 (Art.27 bis).
BENEFICIOS
- Proceso de recuperación de 6 meses en promedio.
- Herramienta que permite realizar ciclos de inversión inmobiliaria. (recuperar el pie para reinvertirlo en otra propiedad).
- Fondos de libre disposición.
- Fomenta el crecimiento patrimonial, utilizando la plusvalía del inmueble.
- No existe un límite de solicitudes de devolución.
REQUISITOS Y OBLIGACIONES
- Obtener factura de compra de la propiedad
- Propiedad debe estar inscrita en el Conservador de Bienes Raíces
- Amoblado de propiedad
- Obtener giro de explotación de inmuebles amoblados
- Contrato de arrendamiento amoblado (anexo detalles muebles y fotografías)
PREGUNTAS FRECUENTES
¿Cuánto tiempo demora la proceso de recuperación de I.V.A?
La recuperación de I.V.A se tarda aprox. 6 meses después de haberse iniciado el trámite.
¿Qué muebles debo tener para arrendar la Propiedad?
Los suficientes que permitan el alojamiento y alimentación de una persona.
En la práctica: 1 cama, 1 mesa, sillas, refrigerador, utensilios de cocina.
Nota 1: No se consideran los muebles cocina y horno empotrados.
Nota 2: Considerando un departamento de 1 a 2 dormitorios.
¿Cuál es el límite de tiempo para realizar esta solitud de recuperación de I.V.A?
Puedes recuperar el IVA hasta máximo un año de emitida la factura de compra de tu propiedad.
¿Por qué recupero un 16% en promedio?
Cuando se opta a esta devolución, los inversionistas pueden obtener entre el 14% y el 16% del valor total de la vivienda. Esta estimación se debe a que existe un monto proporcional del terreno de la propiedad que es exento, por lo tanto, el I.V.A se calcula solo por la parte afecta. Este monto solo se conoce cuando la inmobiliaria emite la factura por la venta.
(No se considera para esta recuperación el valor de estacionamiento y bodega)
Que pasos te guiamos a seguir:
DIAGNOSTICO TRIBUTARIO
- Determinar el régimen y dirección tributaria según cada caso
- Realizar Inicio de Actividades
- Gestionar certificado digital facturación electrónica
- Emisión de factura de venta
- Emisión de contrato de arriendo amoblado
- Preparación del pago de impuesto mensual (Libros compras-ventas, F.29)
- Preparación de contabilidad y cumplimientos tributarios
- Representación ante el S.I.I (Envíos de respaldos, fiscalizaciones, etc.)