El próximo 30 de junio, vence el plazo para presentar la declaración jurada 1907, relacionada con los precios de transferencia.

¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada 1907?

¿Existen multas por la no presentación en las fechas indicadas?

Se sancionará con una multa 10 a 50 unidades tributarias anuales (UTA), con un límite equivalente al monto que resulte mayor al comparar el 15% del capital propio (determinado conforme el artículo 41 de la LIR), con el 5% del capital efectivo del contribuyente.

¿Necesitas ayuda?