En el sitio web www.sii.cl, ya se encuentra disponible la opción para que las pequeñas y medianas empresas,  accedan a un subsidio mensual, el cual cubre el pago del nuevo sueldo mínimo establecido por el gobierno.

La idea es beneficiar a las empresas de menor tamaño, que son las que han soportado mayores problemas económicos en el último tiempo. Esto es un apoyo para que puedan pagar el nuevo sueldo mínimo a sus trabajadores.

En paralelo, el S.I.I habilitó en su sitio web www.sii.cl, un espacio con toda la información asociada a este beneficio y a la forma de acceder a él, para que las empresas que califiquen se puedan informar de las condiciones establecidas en la ley y de paso solicitar el subsidio en forma expedita.

 

 

¿De qué se trata este subsidio?

Este subsidio va en ayuda para las empresas que califiquen con y sin fines de lucro, orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456.

Este subsidio se solicita una única vez, a través del sitio www.sii.cl, desde el día 13 de Junio de 2022, para recibir dicho subsidio correspondiente al mes de Mayo de 2022. El monto del beneficio no estará afecto a impuestos, retenciones ni tampoco será embargable. Este subsidio es variable, dado que el beneficio que recibirá cada empresa se calculará mes a mes, considerando el número de trabajadores que reciben el sueldo igual o mayor al mínimo en el mes correspondiente al cálculo del beneficio, de acuerdo a la información que entregue la AFC (Administradora de Fondos de Cesantía), así como el monto del subsidio.

Al ingresar a la plataforma, la empresa podrá conocer automáticamente si accede o no al beneficio, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Ley, además del monto a recibir. Este subsidio es transitorio, ya que se entregará hasta el mes de Abril de 2023, si se cumplen con las condiciones legales para ello.

¿Qué empresas pueden acceder a este subsidio?            

  • Las empresas que tengan inicio de actividades en Primera Categoría, como persona natural o jurídica, así de igual manera las cooperativas. Las empresas que inicien actividades desde el día 01 de agosto de 2022, podrán acceder en el caso que el sueldo mínimo aumente a $410.000 (con IPC de 7%), entre enero y abril de 2023.
  • Las empresas que realicen ventas superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en el año 2021.
  • Las empresas que tengan contratado  a  1 o más trabajadores con el sueldo mínimo, de acuerdo al periodo contemplado en la Ley N° 21.456
  • Las empresas que sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.

¿Cómo realizar el Cálculo del Subsidio?

El cálculo de este subsidio se realiza en base a la información entregada por la AFC, respecto del número de trabajadores y su sueldo, posteriormente esta información es entregada al S.I.I con un desfase cercano a los 2 meses, por lo que, a través de la plataforma del S.I.I, se informará la fecha de actualización de los datos utilizados en cada solicitud.

Para revisar si los ingresos de la empresa son mayores a UF. 0,01 e iguales o menores a UF 100.000.-, se consideran los ingresos recibidos, registrados o declarados en la Renta AT.2022 o los F.29 (IVA), o el Registro de Compras y Ventas, o las boletas de honorarios electrónicas.

Los montos del subsidio fueron definidos por ley de la siguiente manera:

 

Monto sueldo mínimo Fecha en aplicación Monto subsidio por trabajador con sueldo mínimo
$380.000 Mayo a Julio de 2022 $22.000
$400.000 Agosto 2022 a Enero 2023 $26.000
$410.000 Enero a Abril de 2023 $32.000 (Si IPC  anual es mayor a 7%)

 

 

 

Este cálculo mensual también considera la variación en el número de trabajadores de la empresa durante el periodo de entrega del subsidio, que se verá reflejado en el Factor de Empleo y una vez solicitado el subsidio, mensualmente la empresa podrá revisar en el mismo sitio web www.sii.cl, el monto del subsidio que le corresponde.

Si las empresas cumplen con las condiciones indicadas, recibirán este subsidio 15 días después de aceptada la primera solicitud. En los siguientes meses y hasta abril de 2023, el beneficio se deposita automáticamente, hasta el último día de cada uno de los meses.

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